Inicio > Prestaciones, Reformas y novedades > Lagunas en la cotización: se modifica una norma sin entrar en vigor

Lagunas en la cotización: se modifica una norma sin entrar en vigor

Lunes, 2 de julio de 2012

En la elaboración de nuestra más moderna legislación socio-laboral son muy frecuentes las enmiendas transaccionales a instancias de los grupos políticos, que modifican los borradores hechos por técnicos entendidos en lo que se pretende con la norma.

A veces, esas enmiendas no sirven para mejorar el texto inicial, sino que están motivadas por intereses particulares de determinados grupos o por ganarse el favor de los votantes cuando se evita algo que puede parecer perjudicial, aunque hacerlo se aparte del espíritu de lo que se legisla.

Eso ha ocurrido en varios artículos de la Ley sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social. Con ella se pretende sanear el sistema y racionalizar las prestaciones con arreglo a lo cotizado para ellas y en ese sentido, en su borrador se modificaba lo establecido ahora para cuando en los meses que hayan de tomarse para el cálculo de la base reguladora aparecieran periodos durante los cuales no hubiese existido la obligación de cotizar. De manera que en lugar de integrarse dichas lagunas con la cuantía de la base mínima de cotización, fueran solo las veinticuatro mensualidades más próximas al hecho causante las que se integraran con el 100% de la base mínima vigente en la fecha correspondiente al mes en el que se realizara la integración y el resto de lagunas con el 50% de la base citada.

Pero, como en el trámite parlamentario ocurren cosas inauditas y aunque esa modificación suponía un ahorro superior a los 10 millones de euros en 2013, que aumentaría hasta los 250 millones de euros en 2017, se añadió un párrafo que establece que, con un máximo de 24 lagunas, habría que considerar como cantidad a integrar el valor actualizado de las cotizaciones que existiesen durante los 36 meses previos al período empleado para el cálculo de la base reguladora.

Esta modificación, que no ha llegado a entrar en vigor, haría de mejor condición al trabajador que presentase lagunas de cotización que a aquél que no las tuviese.

Tanto es así que el Ministerio de Trabajo ha hecho unos estudios teniendo en cuenta que como en 2013 se incrementa a 16 de años el período a considerar en la base reguladora, una persona sin lagunas vería reducida su base reguladora en el 0,40% con respecto a la actual y si tuviera lagunas integradas con bases mínimas vería reducida su base reguladora en el 0,64%, mientras que con lagunas integradas mediante la actualización experimentaría un aumento de la base reguladora del 0,97%.

Esto ha puesto en guardia a los legisladores quienes, antes de que el día 1 de enero próximo entre en vigor la norma que comento, van a poner remedio a semejante desatino. Lo harán a través de la Ley de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral, que ha de publicarse en breve, estableciendo que se rellenarán un máximo de 48 mensualidades en que no exista cotización con la base mínima, y el resto de las lagunas que hubiera  en el periodo computable para hallar la base reguladora de la pensión con el 50% de la citada base mínima.

Prestaciones, Reformas y novedades

  1. Sin comentarios aún.
*